DEFINICIÓN DE SALARIO MÍNIMO (SMVM)

 

En el Boletín Oficial del 25/3/2022 se publicó la resolución 4/2022 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que fija los montos del salario mínimo vital y móvil a partir de abril de 2022, el cual queda fijado en los siguientes valores:

 

 

Trabajadores mensualizados jornada completa

Trabajadores jornalizados

Desde 1/04/2022

$ 38.940 por mes

$ 194,70 por hora

Desde 1/06/2022

$ 42.240 por mes

$ 211,20 por hora

Desde 1/08/2022

$ 45.540 por mes

$ 227,70 por hora

Desde 1/12/2022

$ 47.850 por mes

$ 239,30 por hora

Se adjunta acceso a la norma completa, click aquí.

OBLIGACIÓN DE GUARDERÍA INFANTIL PARA EMPLEADORES

Ayer, 23/3/2022, se publicó en el Boletín Oficial el decreto 144/2022 que reglamenta el art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (descansos de lactancia).

Impone obligación de tener espacio de guardería infantil, para cuidado de niños entre 45 días y 3 años de edad, en los establecimientos donde presten servicios un mínimo de 100 personas, independientemente de la modalidad de contratación.

Es importante destacar que el decreto no alude a un mínimo de 100 mujeres sino de 100 personas, promoviendo con ello igualdad en cuanto a la responsabilidad parental en el cuidado de niños.

COBERTURA DE MEDICACIÓN ONCOLÓGICA

El juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 5 Secretaría 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó a PAMI la cobertura al 100 % de la combinación de los siguientes medicamentos: Ibrutinib 140g, Bendamustina 120g y Bendamustina 25g para el tratamiento del linfoma de manto. Dicho tratamiento había sido ordenado por la medica tratante del actor para hacer frente a la enfermedad oncológica. 

PAMI rechazó la cobertura, argumentando que la combinación de los medicamentos recetados no estaba aprobada por ANMAT. El tratamiento al que debía someterse el actor tenia un elevadísimo costo imposible de ser afrontado por este último, obligándolo así a recurrir a la justicia. 

Presentada la acción y luego de la intervención del cuerpo médico forense, el tribunal, con excelente criterio, consideró que correspondía atenerse a la medicación indicada por la medica tratante (ya que ambos medicamentos individualmente se encuentran aprobados por ANMAT)  siendo ella la persona idónea, que conociendo al paciente, los tratamientos anteriores y la evolución de la enfermedad se encuentra capacitada para ordenar el tratamiento a seguir.